jueves, 29 de abril de 2010

Lidema rechaza el decreto de las radiobases

La Liga de Defensa del Medio Ambiente (Lidema) tildó de irresponsable y anticonstitucional el Decreto 477, que dispone que las radiobases están exentas de presentar estudios de impacto ambiental y planes de mitigación de posibles efectos sobre la salud.

“Haber eximido a las empresas de telefonía móvil de la obtención de la licencia ambiental y del planteamiento de medidas de mitigación para la instalación de radiobases constituye una falta de responsabilidad por parte de las autoridades a cargo”, señaló Marco Octavio Ribera, coordinador de Investigación de Lidema.

Ribera resaltó que “aun existiendo incertidumbres sobre los efectos negativos de la radiación electromagnética sobre la salud, debería aplicarse, como medida precautoria, la realización del estudio de impacto ambiental, así como la aplicación de otros instrumentos de regulación definidos en los Reglamentos de la Ley del Medio Ambiente vigente”.

La abogada de Lidema Ivana Lira destacó que este decreto “vulnera y contradice los artículos 25 y 26 de la Ley del Medio Ambiente N.° 1333, que establece que todas las actividades, obras y proyectos, sean públicos o privados, deben contar obligatoriamente con la identificación de categoría de evaluación de impacto ambiental con carácter previo a su fase de inversión y el artículo 26 señala de manera taxativa que todas las actividades, obras y proyectos deben contar obligatoriamente con su licencia ambiental con carácter previo a su fase de ejecución”.

Lira subrayó que un decreto supremo no puede contradecir norma de mayor jerarquía, una ley, y menos ir contra la Constitución Política del Estado. Ella opinó que las autoridades gubernamentales pueden enmendar este error si abrogan el Decreto 477.

“Existen algunas evidencias concluyentes sobre los efectos nocivos a la salud humana de poblaciones que viven dentro un radio de 400 metros de dichas fuentes de emisión”, señaló por su parte Marco Octavio Ribera.

“Las fuentes de mayor impacto identificadas son las líneas de alta tensión, subestaciones eléctricas y las antenas de telefonía móvil, además de los sistemas de telecomunicación Wi-Fi y Wi-Max, que emiten, en general, radiación de baja a media frecuencia”.

El decreto de 14 de abril señala que las telefónicas sólo deberán tramitar un certificado de dispensación de evaluación de impacto ambiental.

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