La directora de Parques y Jardines, Angélica Sosa, sostuvo que la exalcaldesa Ana María Encinas, el concejal Enrique Landívar y el oficial mayor de Planificación, Edmundo Farah, deben responder por la depredación del cinturón ecológico del río Piraí.
“Hay una ordenanza municipal (150/2009) que establece las formas de uso del cordón, promulgada por Encinas, que en ese entonces era la alcaldesa, y también estaba Edmundo Farah como oficial mayor. Ellos deben explicar sobre este tema”, dijo Sosa, que además deslindó de responsabilidad al actual alcalde Percy Fernández porque no estaba ejerciendo en ese tiempo.
Agregó que al existir una ley del Estado (ley 2913) que protege la zona, no debieron aprobar dicha norma, que fue firmada también por Enrique Landívar, como presidente del Concejo Municipal.
“Yo soy una persona de acción, arquitecta paisajista que defiende la ecología. Entonces puedo tener divergencias respecto a esta ordenanza. No quisiera en este momento expresarlas porque no me compete en ninguna instancia de servidora pública”, acotó Sosa.
Farah, que hasta la fecha se mantiene como oficial mayor de Planificación, respondió que la ordenanza municipal preparada por el Concejo respeta las normativas para preservar el cinturón ecológico.
“Para tranquilidad de la población, en mi gestión no he recibido ninguna solicitud de proyectos de construcción o registro topográfico en esa franja, ni siquiera enmarcada dentro de la ordenanza 150/2009”, aclaró Farah.
El oficial mayor se declaró el más ferviente defensor de las riberas del río Piraí, por lo que ha sido muy celoso respecto a la preservación del cinturón y la revisión de los derechos propietarios.
“Prueba de ello es que entre las avenidas Roca y Coronado, San Martín y el puente Urubó es donde más hemos trabajado por ser zona próxima a la ciudad. Hemos inscrito 350.000 metros a favor del municipio y están en proceso de inscripción 817.000 metros más, hablamos de más de 100 hectáreas en solo ese tramo. La ciudadanía puede estar tranquila del accionar de esta oficialía”, recalcó el funcionario edil. Al respecto, el actual presidente del órgano deliberante Freddy Soruco, dijo que si Encinas, Farah o Landivar tenían conocimiento de la ley 2913 y pese a ello aprobaron la ordenanza incurrieron en usurpación de funciones y deberán ser incluidos en la investigación que hace la Fiscalía.
Agregó que como Concejo han solicitado un informe al ejecutivo y una vez lo reciban será remitido al fiscal que investiga la causa para “dar de una vez con las personas que han cometido delito”.
El concejal Leonardo Roca manifestó que los que aprobaron la ordenanza 150/2009 no tienen por qué ser incluidos en la investigación, ya que los que deben responder por este tema son las personas encargadas de hacer respetar la franja de protección de la ciudad.
Hasta el cierre de edición se intentó hablar con Enrique Landívar y Ana María Encinas para conocer su versión, pero no fue posible.
Marco legal
- Ley 2913. Declárase “Parque Ecológico Metropolitano Piraí” a todas las riberas del río Piraí ubicadas en los municipios de la metrópoli del departamento de Santa Cruz: Santa Cruz de la Sierra, Montero, Warnes, Porongo, La Guardia y El Torno; entendiendo por ribera el área de protección cuyo aprovechamiento se debe limitar a fines de recreación, educación e investigación.
- Ordenanza 150/2009. Obliga a los propietarios de terrenos en la referida área a ceder el 50% de las tierras y en lo que resta solo el 25% puede ser usado para fines recreativos, canchas deportivas y para albergues transitorios.
La ordenanza prohíbe: desmonte mecanizado, desmonte manual en áreas no autorizadas, dotación de tierras, concesiones forestales, producción agropecuaria, uso mixto industrial, residencial (habitacional) y otros.
La ordenanza no viola la ley 2913
José Luis Santistevan / erto municipalista
Hay que establecer las competencias para referirnos a la ley 2913 y la ordenanza 150/2009. Primero debemos aclarar que esta ley declara patrimonio la cuenca del río Piraí y no el cordón ecológico. También hay que informar de que la ley no afecta al derecho propietario y en esa área se estableció que existen áreas privadas, una muestra es que cuando se implementó el Parque Autonómico sobre el cuarto anillo y el dique costanero se expropiaron terrenos a cinco personas particulares.
El medioambiente es una competencia transversal, es de nivel central, departamental y municipal, y el cordón ecológico es parte de la jurisdicción del gobierno municipal de Santa Cruz. Por lo tanto, al tener competencia sobre esa franja, aprueba una ordenanza que establece restricciones administrativas que limitan la capacidad de intervención de los derechos propietarios sobre el área de conservación. El otro camino legal era declarar zona protegida el cinturón ecológico, pero para eso se debían expropiar los terrenos privados. El gobierno municipal optó por aplicar restricciones mediante la ordenanza, que no viola ni se antepone a la ley 2913.
Gobernador alerta por crecida del río Piraí
El gobernador Rubén Costas informó de que a las 4:00 se registró una crecida del río Piraí que alcanzó los 3,5 metros de altura en la zona de La Angostura, por lo que pidió a la gente que vive y trabaja en las riberas tomar las debidas precauciones, aunque con tranquilidad.
Afirmó que no es motivo de alarma, considerando que gracias a la inversión de más de Bs 200 millones realizada por la Gobernación de Santa Cruz en la construcción de defensivos y prevención de riadas tanto en el Piraí como en el Guapay, Santa Cruz ha sido el único departamento del país y uno de los pocos en Sudamérica que no ha sufrido desbordes de ríos.
Como referente se tiene que hasta el viernes pasado el nivel del agua en La Angostura era de 35 centímetros, por lo que se evalúa la crecida como considerable.
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