Los defensivos que construyó el Servicio de Encauzamiento de Aguas y Regularización del Río Piraí (Searpi) elevaron los precios de los terrenos de personas particulares, que ahora pretenden hacer negocios en las áreas del cordón ecológico de Santa Cruz de la Sierra.
Según el exconcejal Wílmar Stelzer, la protección que se hizo a la ciudad después de la riada de 1983 concedió plusvalía a los terrenos aledaños al río. “No es justo que ahora los propietarios y el municipio quieran aprovecharlos cuando no han invertido ni un centavo en construir los defensivos”, dijo.
Stelzer mencionó que la ordenanza 150/2009, que se dictó sobre la base de la ley 2913 que dispone la creación de un parque metropolitano, está incompleta, porque la Alcaldía no creó la secretaría de áreas protegidas, como lo establece el artículo decimotercero.
“Con urgencia debe ser creada la secretaría de áreas protegidas para evitar conflictos por invasiones”, añadió el exconcejal. La norma municipal ha sido cuestionada por la ambigüedad en el momento de permitir ciertos usos, como el establecimiento de centros de descanso, centros gastronómicos o quintas privadas.
Por su lado, el concejal Enrique Landívar, que en el momento de la promulgación de la ordenanza era presidente del organismo deliberante, aseguró que la norma está sustentada en leyes aprobadas desde 1995, como el Plan de Uso de Suelos, el Plan de Ordenamiento Territorial, del parque ecológico metropolitano, de cuencas, de medioambiente y la forestal.
Además, amplía la ordenanza 061/2002 sobre el cuidado de la ribera del Piraí. “La ordenanza amplía su cobertura de 589 a 1.300 hectáreas y prohíbe expresamente los asentamientos para vivienda; pero está incompleta sin la secretaría de áreas protegidas, porque falta el organismo que haga respetar la ordenanza”, acotó.
El artículo vigesimoprimero dice que la ordenanza debe ser homologada por la Secretaría de Desarrollo Sostenible y Medioambiente de la Gobernación, cuyo responsable, Manlio Roca, aclaró que no puede darse esa figura por tratarse de dos entidades autónomas.
Además, Roca agregó que el papel de la Gobernación es fiscalizar, monitorear y denunciar alguna irregularidad en la cuenca del río Piraí, como lo hizo el Searpi la semana pasada. También debe coordinar con la Mancomunidad Metropolitana de municipios, que lamentablemente no funciona. “El Searpi es el brazo operativo en la cuenca del Piraí, el cual emite informes periódicos a las alcaldías sobre los asentamientos y la explotación de áridos”, concluyó.
Dos barrios deben desalojar el río
Hace una semana, la comuna pasó sendas notificaciones para que los vecinos asentados en el cordón ecológico del Piraí abandonen los terrenos, y estableció un plazo de 15 días. Ante la premura del tiempo y porque no saben adónde ir, los vecinos de los barrios Puerto Busch y Santa Rita salieron ayer a protestar hasta el centro de la ciudad.
Los dos barrios están ubicados pasando el cuarto anillo y avenida Busch, en plena faja de preservación ecológica, los cuales deben abandonar porque la comuna ha pedido a la Fiscalía que efectúe el desalojo.
En Puerto Busch viven 200 familias, mientras que en Santa Rita son 20, cuyas viviendas son rústicas, hechas de cartón o tablas y techadas con calaminas.
“Vivo en mi barrio hace 25 años, me gano la vida con mi carroza, botando basura, si me sacan no tengo dónde ir, por ello le pido al alcalde que nos dote de un terreno”, expresó Juana Chayana, una de las vecinas afectadas.
Para saber
- Protesta. Las 220 familias asentadas en los dos barrios ubicados al final de la av. Busch se resisten a salir, pero ocupan parte del cordón ecológico del río Piraí.
- Ley de leyes. El artículo 342 de la nueva Constitución establece que es deber del Estado y de la población proteger y aprovechar de manera sustentable los recursos naturales y la biodiversidad, así como mantener el equilibrio del medioambiente. En esto se basan algunas de las leyes, así como la Ordenanza Municipal 150/09, que protegen al Piraí.
- Artículo 347. En el parágrafo I dice que el Estado y la sociedad promoverán la mitigación de los efectos nocivos al medioambiente y de los pasivos ambientales que afectan al país. Se declara la responsabilidad por los daños ambientales históricos y la imprescriptibilidad de los delitos ambientales.
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