lunes, 17 de enero de 2011

Estatuto binacional propone normar uso del lago Titicaca

La propuesta del Estatuto Binacional para la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos y del Medio Ambiente en el Sistema Hídrico Titicaca, Desaguadero, Lago Poopó y Salar de Coipasa (TDPS) –que se encuentra en revisión por las cancillerías de Bolivia y Perú– plantea, entre otros aspectos, establecer normas específicas para la regulación, supervisión y control en el uso del agua en las actividades productivas.

El documento al que accedió Cambio, elaborado bajo el paraguas de la Autoridad Binacional Autónoma del Sistema Hídrico ALT-TDPS, recoge las propuestas de varios actores sociales, económicos y políticos que tienen que ver con la administración, uso y aprovechamiento del agua del lago más alto del mundo y sus afluentes.

Las asociaciones de regantes y comunidades ribereñas participaron activamente en la elaboración de la propuesta y esperan que ambos Estados la hagan viable tal cual está.

El artículo 37 de dicha propuesta encomienda a los ministerios y demás entidades públicas sectoriales el establecimiento de normas específicas para el planeamiento, regulación, supervisión y control del uso del agua en las actividades productivas que se encuentran bajo su ámbito.

“Dichas normas deberán guardar relación con la política y estrategia nacional de recursos hídricos, el Plan Nacional de Recursos Hídricos, los planes de gestión de recursos hídricos en las cuencas y las disposiciones que emita la Autoridad Nacional del Agua en el ámbito de su competencia”, menciona el documento.

Se hace énfasis en que los usuarios productivos son aquellos que utilizan el agua con carácter exclusivo para el desarrollo de una actividad económica. El artículo 51 de la sección II, referido a las competencias y atribuciones de la ALT a escala binacional, establece la tarea de apoyar y promover la preservación, recuperación y protección de los ecosistemas naturales, de acuerdo con el plan director.

El propósito es mantener y mejorar la sustentabilidad ambiental del TDPS, además de establecer normas de calidad de las aguas, promoción de tecnologías de uso racional de los recursos naturales. La propuesta de estatuto binacional –parte de la gestión desarrollada por la ALT– también determina la necesidad de establecer pautas de aprovechamiento y manejo del recurso hídrico e hidrobiológico, en concordancia con el plan director, mientras no se legisle al respecto.

“Analizar y establecer las tarifas, formas de control y de cobranza por los servicios que proporciona la ALT”, destaca el punto nueve.

RETRIBUCIONES ECONÓMICAS

En las atribuciones de la Autoridad Nacional del Agua del Perú destaca la elaboración del método y la determinación del valor de las retribuciones económicas por el derecho de uso de agua y por el vertimiento de aguas residuales en la cuenca del TDPS, valores que deben ser aprobados por decreto supremo, así como aprobar las tarifas por uso de la infraestructura hidráulica.

La propuesta de estatuto binacional también la da a Perú la facultad de aprobar –previo estudio técnico– reservas de agua por un tiempo determinado, cuando así lo requiera el interés de la nación, y como último recurso el trasvase de agua de una cuenca.

En otras tuiciones, la autoridad peruana ejercerá jurisdicción administrativa nacional exclusiva en materia de aguas y desarrollará acciones de administración, fiscalización, control y vigilancia para asegurar la preservación y conservación de las fuentes naturales de agua, de los bienes naturales asociados a éstas y de la infraestructura hidráulica en el sistema hídrico del TDPS.

Para tal efecto, la autoridad de agua de Perú también ejercerá facultad sancionadora y coactiva.

En contraposición, el Ministerio del Medio Ambiente y Agua de Bolivia tendrá la tarea de establecer y estructurar mecanismos para la conservación y el aprovechamiento sustentable de la biodiversidad, agua y medio ambiente, además de la prevención y control de riesgos, contaminación hídrica, atmosférica, sustancias peligrosas y gestión de residuos sólidos en el sistema TDPS.

El Ministerio del Medio Ambiente y Agua también tendrá que promover mecanismos para el ejercicio del control y la participación social en las actividades emergentes.


PARA TOMAR EN CUENTA

ALT: elaboró la propuesta del estatuto binacional con participación de los actores del sistema hídrico TDPS.

Estatuto: se encuentra en revisión por Perú y Bolivia.

Propuesta: ejercer control sobre los recursos hídricos del Titicaca, que está a 3.810 msnm.

Perú: ejercerá facultad sancionadora y coactiva como parte de sus atribuciones administrativas.

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