jueves, 16 de mayo de 2013

El 70% de investigaciones y publicaciones científicas sobre la Amazonia es foráneo

En la siguiente entrevista con el colega periódico ecuatoriano El Telégrafo, el secretario general de la Organización del Tratado de Cooperación Económica (OTCA). Robby Dewnarain Ramlakhan, explica los objetivos de la entidad que recientemente se reunió en El Coca, Ecuador, destacando la búsqueda de soberanía entre los países amazónicos en materia de investigaciones científicas, tema que se anticipa en la agenda de una próxima reunión de la OTCA entre el 25 y 26 de junio….
— ¿Cómo observa la creación de una Red de Centros de Investigación regional que se desarrolle en los países amazónicos?

— Antes de hablar sobre el desarrollo de la región amazónica hay que entender lo que sucede; y sabemos que el 70% de las investigaciones y publicaciones sobre la Amazonía es de países fuera de la región. Las naciones que son miembros de la OTCA reconocen esta deficiencia y el objetivo es generar más conocimiento propio sobre la amazonía a través de la investigación e intercambio de experiencias entre ellos. La creación de una red de centros de investigación ligando todos los centros y autoridades de investigación en la región amazónica, facilitará este objetivo. Asimismo, contribuirá para el fortalecimiento de las capacidades de los países miembros para la defensa integral de la megadiversidad biológica amazónica. Se espera que la reunión que se llevará a cabo el 25 y 26 de junio, en Quito, defina los próximos pasos para la creación de la red.

—¿Cuál es el aporte de la OTCA en cuanto a pueblos no contactados?

— De acuerdo con el mandato de los cancilleres, la OTCA tiene como tarea preparar una agenda regional para la protección de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario y en contacto inicial, respetando sus derechos y la legislación interna de cada país. En este contexto, los países miembros intercambiarán políticas, legislaciones y buenas prácticas, además establecerán protocolos de acción frente a los pueblos indígenas aislados y, de esta manera, buscarán tener una aproximación común para la relación con esos pueblos, independientemente del lugar donde se encuentren en la Amazonía. En la reunión de Quito no analizaremos la agenda.

— ¿Qué aspectos considera la OTCA que se podrían tomar en cuenta para la creación de esta agenda?

— Las leyes pertinentes de cada país, el intercambio de informaciones, experiencias y las buenas prácticas. La reunión de El Coca abocó la necesidad de que la organización sea conocida internacionalmente. ¿Qué acciones se realizarán para conseguir más presencia?

Vale destacar que la OTCA estuvo visiblemente presente en la Conferencia de Río+20, en Brasil (junio, 2012); en la Conferencia de las Partes de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), en Tailandia (marzo, 2013) y en la décima sesión del Foro de Naciones Unidas para Bosques, en Turquía (abril, 2013). En estas tres ocasiones, el rol de la OTCA como foro para promover la cooperación sur-sur fue reconocido. En el contexto regional, la OTCA también está presente en los debates de la Celac, Unasur y Cepal sobre desarrollo sostenible. Su participación es fundamental para incorporar el tema de la biodiversidad en la agenda internacional sobre desarrollo y evitar duplicidad de las actividades. La intención es continuar con esta política y hacer de la OTCA una referencia mundial en términos de usos sustentables de los recursos naturales y de cooperación sur-sur.

—¿Cuál es la importancia de un reglamento de navegación en la Amazonía?

— La propuesta para acordar un Reglamento General de Navegación Comercial busca regular la navegación en la Amazonía, ubicados en los territorios de las partes, con miras a permitir el acceso libre y no discriminatorio de sus respectivas embarcaciones. Las disposiciones del Reglamento se aplicarán -cuando los países concluyan su negociación- al transporte internacional de cargas y pasajeros que comprenda la navegación en la Amazonía sin perjuicio de regímenes bilaterales existentes entre las partes. Un instrumento jurídico de esta naturaleza está orientado a facilitar aún más la navegación comercial.

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