lunes, 17 de septiembre de 2018

Dos sentencias y más de 100 denuncias en 4 años

Desde 2014 a la fecha, de las más de cien denuncias que se presentaron por el tráfico ilegal de biodiversidad y vida silvestre, sólo dos tienen sentencia ejecutoriada, informó a EL DIARIO el senador de Unidad Demócrata, Yerko Núñez, con datos de la Fiscalía.

“Según informes de la Fiscalía General del Estado estaríamos hablando de tan solo dos o tres casos más que se encuentran con sentencia ejecutoriada desde el año 2014, frente a más de 100 denuncias”, aseveró.

En tanto, la presidenta del Colegio de Biólogos de La Paz, Ángela Núñez, manifestó que en el caso de tráfico de animales silvestres, existen alrededor de cinco casos con sentencias ejecutoriadas. Uno de ellos corresponde a un caso de cacería de vicuñas, con el fin de traficar, es decir comercializar ilegalmente su fibra.

“La mayoría fueron sentencias con penas menores a tres años, por lo que cumplen actualmente medidas sustitutivas. Se tienen muchos procesos iniciados, entre estos el último en Santa Cruz a dos ciudadanos chinos, detenidos en flagrancia, en tenencia de 185 colmillos de jaguar y otras partes de animales. En la mayoría de los casos están involucrados ciudadanos chinos”, dijo a EL DIARIO.

TRÁFICO INTERNACIONAL

Ángela Núñez manifestó que la situación en Bolivia se torna muy grave, ya que actualmente estamos formando parte del tráfico internacional.

“Desde el 2014, ciudadanos chinos en Bolivia promueven el delito de tráfico de colmillos de jaguar y ofrecen dinero a pobladores locales a cambio de los colmillos y otras partes. El tráfico de vida silvestre, a la vez se asocia a otros delitos y por esta razón es sumamente peligroso”, advirtió.

Por su parte, el Senador beniano lamentó el poco control que se hace a la flora y fauna del país.

“Solamente en el último incidente que se hizo público en el caso de esta pareja china en Santa Cruz entramos en conocimiento de 185 colmillos de jaguar, así como decenas de pieles y cráneos de muchos otros animales. Esta situación es tan solo una fracción de todo el daño que se viene realizando a la fauna silvestre de nuestro país y el tráfico está relacionado de manera íntima con los proyectos carreteros y mineros donde ingresan las empresas Chinas que el gobierno tanto defiende”, apuntó.

Aclaró que en los lugares como el norte paceño, Beni, Rurrenabaque, Reyes, San Borja, Santa Rosa, Riberalta, San Buenaventura, Ixiamas y otros, ciudadanos chinos que se encuentran como contratistas de obras o sacando oro aprovechan para el tráfico de estas piezas de animales silvestres.

PROTECCIÓN

La presidenta del Colegio de Biólogos de La Paz a tiempo de aclarar que todos debemos proteger nuestro patrimonio natural (flora y fauna nativas), entre las autoridades competentes llamadas a preservar las mismas son: Entidades Territoriales Autónomas - ETDAs, tales como pueblos indígena originario campesinos, de manera más local, los municipios, gobernaciones, el Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambio Climático, de Gestión y Desarrollo Forestal y la Policía Forestal y Preservación del Medio Ambiente (Pofoma) y el órgano judicial.

POFOMA

Ángela Núñez lamentó que Pofoma cuente con pocos efectivos a nivel nacional y además que no cuenten con la capacitación, el equipamiento ni la logística para poder efectivizar el trabajo.

“De igual manera al interior de Áreas Protegidas tenemos esos dificultades con los guarda parques”, dijo.

En tanto, el director nacional de Pofoma, coronel Oscar F. Terceros V., en contacto con EL DIARIO, manifestó que esta instancia no cuenta con personal suficiente, presupuesto ni condiciones técnicas para ejercer las funciones asignadas.

“No se trata de justificar la existencia de una Policía Forestal, sino de darle la seriedad que exige la preservación de nuestras espacies naturales dentro de nuestro espacio geográfico para las futuras generaciones. Las funciones que nos han asignado, las estamos encarando con mucha voluntad, poniéndole ganas frente a las limitaciones inimaginables ante la responsabilidad que tenemos”, afirmó

Explicó que La Paz es el departamento con mejores condiciones de funcionamiento ya que cuenta con 40 efectivos y oficinas administrativas que comparte con los animales rescatados ante la falta de un albergue temporal donde puedan permanecer en custodia judicial.

Sólo a partir de este septiembre les fue asignado un presupuesto de Bs 1.000 mensuales para la alimentación de los animales, luego de un penoso trámite.

COMERCIO

Tras el tráfico de armas y drogas, el comercio ilegal de animales ocupa el tercer lugar de ilícitos a nivel mundial. Según las Naciones Unidas, por este ejercicio se mueven entre mil y diez mil millones de dólares al año. Otras fuentes dan cifras más elevadas y escandalosas rozando los 20 millones.

Sólo en Argentina el tráfico de fauna mueve al año unos cien millones de dólares. Los principales destinos: Europa, Estados Unidos y Japón. Prefieren monos, víboras, tortugas, iguanas, yacarés y aves.

NORMA

La Constitución Política del Estado (CPE) en su artículo 381 señala:

“I. Son patrimonio natural las especies nativas de origen animal y vegetal. El Estado establecerá las medidas necesarias para su conservación, aprovechamiento y desarrollo.

II. El Estado protegerá todos los recursos genéticos y microorganismos que se encuentren en los ecosistemas del territorio, así como los conocimientos asociados con su uso y aprovechamiento. Para su protección se establecerá un sistema de registro que salvaguarde su existencia, así como la propiedad intelectual en favor del Estado o de los sujetos sociales locales que la reclamen. Para todos aquellos recursos no registrados, el Estado establecerá los procedimientos para su protección mediante la ley”.

Asimismo el artículo 106 de la Ley 1333 de Medio Ambiente señala: “Los delitos ambientales contemplados en el Título XI, Capítulo V de la Ley serán sancionados de acuerdo con lo dispuesto por la Ley, el Código Penal y su Procedimiento. A este efecto, la Autoridad Ambiental Competente denunciará los hechos ante la Fiscalía del Distrito y se constituirá en parte civil, coadyuvante o querellante”.

El artículo 223 del Código Penal señala: “El que destruyere, deteriorare, substrajere o exportare un bien perteneciente al dominio público, una fuente de riqueza, monumentos u objetos del patrimonio arqueológico, histórico o artístico nacional, incurrirá en privación de libertad de uno a seis años”.


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