martes, 4 de junio de 2019

GADC - Informe de Monitoreo Ambiental - IMA


Última actualización: 30/7/2018
Información actualizada por: GADC - Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba
Este trámite depende de: Unidad de Gestion y Control Ambiental - UGCA
Horarios de atención tramite: El trámite es en linea
Horarios de atención entidad: 8:00 - 12:00 - 14:30 - 18:30

El Responsable Legal de una Actividad obra o proyecto (AOP) en cumplimiento a las medidas comprometidas en la Licencia Ambiental y aprobadas por la Autoridad ambiental competente departamental (AACD), deberá presentar cuando corresponda Ingenieria medio ambiental IMAs, en los que reportará el avance y situación ambiental de la AOP durante las etapas de ejecución, operación, mantenimiento, cierre, rehabilitación, abandono y post-cierre.
¿Qué requisitos se necesitan?

Presentar el formulario del Anexo "G" del D.S.3549, debidamente llenado, en formato digital, uno editable y otro en formato PDF, con la declaración jurada firmada por el Representante Legal y consultores RENCAs.
Carta de presentación del IMA, también será considerada como Declaración Jurada.
Licencia Ambiental otorgada y carta de emision dela Licencia Ambiental.
Cédula de Identidad del RL y del equipo de Consultores Ambientales.
Certificado RENCA actualizado del equipo de Consultores Ambientales.
Fotografías o registros de la empresa encargada de la disposición final.
Licencia Ambiental y Licencia para actividades consustancias peligrosas, de la empresa encargada de la recolección y disposición final de residuos peligrosos.
Planos de ubicación de puntos de monitoreo.
Planos de ubicación de sitios de muestreo.
Planillas de control de las mediciones deemisiones atmosféricas y de niveles deruido, con los reportes de laboratorio (si corresponde).
Documentación de entrega y recepción de residuos sólidos a empresas u otro encargado de sudisposición final.

El trámite tiene un costo variable.

El Tramite no tiene costo alguno
¿Cómo se realiza este trámite?

1. Para las AOP's con CD y Declaración de Impacto Ambiental (DIA):

a). El RL deberá comunicar el inicio o la imposibilidad de ejecución de la AOP enun plazo no mayor a doce meses a partirde la emisión de la LA.

b). La frecuencia de presentación de IMAs serán establecidas por la AACD de acuerdoa las características de impacto de la AOP, que correrá a partir de fechade comunicación de inicio de actividades. El plazo de presentación, nodeberá exceder a treinta (30) hábilescumplido el periodo de reporte.

c). El RL deberá presentar el IMA en formato digital (CD), unofoliado en formato PDF y otro en formato editable.

d). La AAC podrá solicitar los respaldos en original en cualquier momento queconsidere necesario para su verificación, considerando que toda informacion reportadatiene carácter de declaración jurada.

2. Para las AOP's con Diagnostico Ambiental de Alternativas (DAA):

a). El plazo de presentación de los IMAs, se computa partirde la fecha de emisión de la DAA, el mismo deberá ser presentado en un plazo nomayor a treinta (30) días hábiles cumplido el periodo de reporte.

3. Para los casos considerados en los Parágrafos I y II, previo al plazo de cumplimientode la presentación de IMAs el RL podrá solicitar la ampliación para lapresentación por única vez por un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles.
¿Dónde puedo realizar el trámite?

: Secretaria Departamental de Planificación - Gobernación de Cochabamba
Teléfonos:

Más información del trámite

Tiempo promedio para realizar el trámite: 5 dias
Marco Legal:

Ley N° 1333 de Medio Ambiente, de 27 de abril de 1992 y Reglamentos Conexos
Decreto Supremo Nº 3549, de 02 de mayo de 2018. Que Modifica, complementa e incorpora nuevas disposiciones al Reglamento de Prevención y Control Ambiental - RPCA aprobado por Decreto Supremo N° 24176, de 8 de diciembre de 1995 y el Decreto Supremo N° 28592, de 17 de enero de 2006
Manual Técnico para la revisión de IRAP´S y Emisión de Licencias Ambientales; del MMA y A, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 006 de 13 de enero de 2011
Manual de Procedimiento para la Otorgacion de Licencias Ambientales del Gobierno Autonomo Departamental de Cochabamba, aprobado mediante R.A. N° 189/2011 de 25-07-2011

Puede realizar este trámite en línea: El tramite, aun no se encuentra en la web del GADC

Información del trámite: snia.mmaya.gob.bo

Descargue la aplicación para realizar el trámite desde su móvil: Aun, no se encuentra en la web, tampoco tiene aplicacion movil

2 comentarios:

  1. buenos tardes, deseo saber que significa periodo de reporte, es el año despues de la fecha de inicio de obras y/o fecha de DAA. p.e. mi DAA es 1 de diciembre de 2020 y tengo que presentar el IMA a partir del 1 de diciembre de 2021 y un mes mas??? gracias

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    Respuestas
    1. si, correcto tiene hasta el 1 de enero para presentar

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