El colectivo de activistas ambientales En Primera Persona y el Foro Boliviano sobre Medio Ambiente y Desarrollo (Fobomade) denunciaron –por separado– que el Código del Sistema Penal excluyó 10 penalidades relacionadas estrechamente con daño al medioambiente y la vida silvestre. Los activistas se suman al pedido de abrogación de la norma.
“Del artículo 103 al 113, establecidos en la Ley 1333 de Medio Ambiente, han sido excluidos por el actual Código del Sistema Penal, las sanciones han sido eliminadas. Esta norma es de desprotección e impunidad total al medioambiente”, denunció José Molina, uno de los activistas de este colectivo.
Los activistas denuncian que las penalidades de los artículos a continuación (103-113) de la Ley de Medio Ambiente fueron excluidas en la actual norma.
El artículo 103 sobre lesiones que degraden el medioambiente; 104, el incendio en campos de labranza o pastoreo; 105, envenenamiento de agua y que propague plagas; 106, deterioro de bienes sobre el dominio público, monumentos de patrimonio arqueológico, histórico y artístico nacional; 107, arrojar aguas residuales y desechos químicos en ríos y lagunas.
Asimismo, el artículo 108 sobre la suspensión del servicio de aprovisionamiento; 109, la tala de bosques en zonas protegidas causando degradación al medioambiente; 110, la caza o pesca donde se utilice explosivos o veneno que amenace la extinción de especies; 111, incitación a la cacería, tenencia de animales y vegetales, declarados en peligro de extinción.
Finalmente, el 112 relacionado con el depósito de desechos industriales; el 113, depósito de desechos tóxicos y radioactivos, y manipulación de tecnología contaminante.
“El problema es la reducción de delitos, tráfico de vida silvestre, desechos industriales e ingreso sin permiso a territorios no autorizado a indígenas”, denunció otra activista Nohely Guzmán.
Por ello, los activistas se declararon en emergencia y manifestaron su respaldo a varios sectores sociales que piden la abrogación de la Ley 1005. “Este código queda alejado de necesidades nacionales, tiene grandes falencias que no pueden ser suplidas, debe ser abrogado”, exigió Laura Zeballos, otra activista.
Por su parte, Fobomade, a través de una nota de prensa, denunció que tales delitos serán juzgados por la justicia ordinaria. “Mantiene el artículo 114, que dice que los delitos tipificados en dicha ley, los delitos borrados, serán procesados por la justicia ordinaria con sujeción al Código Penal, mientras que las infracciones serán procesadas en conformidad a la Ley 1333 por la Autoridad Competente”, señalan en el documento.
Finalmente, los activistas exigieron a los asambleístas elaborar una nueva norma junto a la gente, en el que estén incluidas todas las observaciones. (Erbol)
No hay comentarios:
Publicar un comentario