viernes, 4 de septiembre de 2009

Administrativos exigen reposición del 12%: Universidad entró en paro indefinido Luego que la noche del miércoles en un ampli

Luego de un análisis al interior del Concejo se ha aprobado una Ordenanza Municipal para reducir, sustituir y eliminar el uso de bolsas plásticas en la ciudad de Tarija y la Provincia Cercado.

En su primer artículo la ordenanza establece que hasta el año 2012 haya la prohibición total del uso de bolsas plásticas en la ciudad, Además determina la reducción y sustitución progresiva en los comercios de la ciudad en la utilización de bolsas plásticas a los fines que conlleva el uso de las mismas.

La implementación de lo estipulado en el artículo precedente, será gradual a partir de la promulgación de la presente ordenanza, disponiéndose que el ejecutivo vía reglamento disponga los plazos de su cumplimiento por los diferentes tipos de comercios existentes en el mercado, a los fines de que a la fecha prevista en el artículo primero la erradicación de la utilización de las bolsas plásticas sea total.

El ejecutivo Municipal a través de la unidad de medio ambiente será el encargado de diseñar y ejecutar planes, programas y políticas integrales ambientales tendientes a disminuir de manera progresiva el uso de bolsas plásticas, hasta la fecha prevista en el artículo primero.

Asimismo en virtud al art. 90 de la ley 1333 implementar una política de fomento e incentivo para todas aquellas actividades públicas y/o privadas de protección industrial, agropecuaria, minera, forestal y de otra índole, que incorporen tecnologías y procesos orientados a lograr la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible.

La ordenanza autoriza al Ejecutivo Municipal a suscribir convenios con: Organismos gubernamentales internacionales, la autoridad ambiental competente de carácter nacional y departamental, instituciones educativas (escuelas, colegios, institutos de formación especializada, universidades, centros de posgrado y otros fines), instituciones de Salud (privadas, públicas, nacionales e internacionales), instituciones de acción civil (Colegiados, fundaciones, organismos no gubernamentales, grupos de voluntariado), comerciantes, gremiales, sindicatos, federaciones, empresas privadas que expenden sus mercaderías mediante el uso bolsas plásticas, con el fin de obtener un consenso con los sectores sobre la progresiva implementación de la presente ordenanza.

También autoriza al ejecutivo municipal a ejecutar, fomentar, e incentivar actividades vinculadas a promover el Art. 1 siendo el uso de la educación ambiental, investigación científica, tecnológica, y procesos orientados a lograr la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible.

El ejecutivo municipal a los fines de monitorear la gradualidad de la implementación de la presente ordenanza, a través de las unidades correspondientes elevara al honorable concejo municipal un informe detallado cada 6 meses, a partir de la promulgación de la presente ordenanza, hasta que se cumpla la fecha prevista en el artículo primero.

El plazo previsto por el artículo primero podrá ser prorrogado hasta 24 meses si los informes sugieren dicha necesidad, elevando al Concejo Municipal la solicitud de prórroga.

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