El nuevo documento legal, que entra en vigor hoy, enumera hasta 14 actividades que se consideran como “delitos de menoscabo de la protección del medio ambiente y de los recursos” y que, a diferencia de la ley anterior, se definen claramente como “cargos criminales”.
Así, el vertido o tratamiento de residuos que contengan patógenos de enfermedades infecciosas o radiactivas en fuentes de agua potable o en reservas naturales será un delito, con una pena máxima de prisión de siete años y multas “severas”.
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