Gutiérrez señaló que la ley indica que todos los procedimientos de obras que se realicen tienen la obligación de adquirir primeramente la Licencia Ambiental, ya sea para la construcción de una represa, puente y cualquier construcción con el objetivo de preservar el medio ambiente.
Según Gutiérrez, las empresas interesadas en ejecutar una obra, contratan a un Consultor Ambiental para que realice un estudio que refleje el impacto que tendrá la obra, las medidas de mitigación y que la obra tenga un menor impacto al medio ambiente.
Posteriormente este estudio es evaluado por los Técnicos Ambientales, quienes efectúan una revisión exhaustiva, colocando las posibles observaciones, asimismo es devuelto a la empresa realizó el requerimiento de la Licencia Ambiental, agregó Gutiérrez.
Gutiérrez añadió que una vez que la empresa corrige las observaciones implantadas por los Técnicos Ambientales, ingresa nuevamente el documento para ser categorizado según las medidas a tomar.
Como último paso el Secretario de Recursos Naturales y Medio Ambiente, argumentó que su persona es la autoridad competente ambiental para firmar la autorización y sacar todo el proceso orientado para que las obras no afecten el medio ambiente.
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